04 mayo 2006

La jugla de los coles...



Hay un par de dias a la semana que entro al IES a la misma hora de los coles. A las 9:00. En el camino a mi IES tengo q pasar por la puerta de dos coles, así que lo sufro DOBLE.

Alguien me puede explicar en qué artículo del código de circulacion dice que los padres/madres que llevan a sus hijos al cole pueden:
- APARCAR en mitad de la calle para que baje su hijo
- PARAR el tráfico a su gusto pq él/ella llega tarde
- CRUZAR por donde les viene en gana
- GIRAR, CAMBIAR DE SENTIDO en cualquier parte de la carretera, se pueda o no (y digo se pueda refiriendome a si FISICAMENTE se puede, no a legalmente)

Todo esto, y mas cosas, bajo la mirada de los guardias de tráfico que te paran para que los que deciden utilziar los pasos cebra lo hagan sin peligro (que ahora que lo pienso, será el peligro de los otros padres/madres que ya han dejado a sus hijos...). Por eso supongo que debe estar permitido en el código de circulacion ¿O es una modificacion que te dan junto con la canastilla de recien nacido??

2 comentarios:

Maettra dijo...

Otra cosa q olvidé poner antes

- ABRIR LA PUERTA del coche sin importar en absoluto si pasa algun otro coche en ese momento

Si es que parecen SUICIDAS....

Dr. Hyde dijo...

Es lo que se diría forzar al autostop abrupto, no?

CRASH!!

-Ehhhh... Hola, a dónde te llevo?
-Al Hospital, si me haces el favor.